El reparto de una herencia puede ser un momento complicado, especialmente cuando estamos lidiando con la pérdida de un ser querido. En momentos como este, las emociones están a flor de piel, y ponerte a entender los pasos legales que hay que seguir puede llegar a ser agobiante y muy abrumador. En este artículo vamos a ayudarte a comprender cómo se reparte una herencia en España, de forma clara y accesible, para que puedas afrontar este proceso con la tranquilidad de saber qué hacer en cada etapa.

Firma de una herencia por una persona mayor

¿Qué es una herencia y quién tiene derecho a ella?

Cuando hablamos de herencia, nos referimos a todo lo que una persona deja cuando fallece: bienes materiales, derechos (cuentas bancarias, propiedades, etc.) e incluso deudas. En otras palabras, todo el patrimonio de una persona pasa a formar parte de la herencia tras su fallecimiento, bienes, derechos y obligaciones.

¿Qué incluye una herencia?

Bienes materiales:

  • Propiedades, como viviendas, terrenos o locales.
  • Vehículos, muebles, joyas o cualquier objeto de valor.

Derechos: 

  • Saldos en cuentas bancarias.
  • Participaciones empresariales o acciones en bolsa.
  • Derechos de usufructo, alquileres o rentas.

Obligaciones y deudas:

  • Hipotecas, préstamos personales y deudas pendientes con proveedores o servicios.
  • Responsabilidades económicas derivadas de contratos o acuerdos.

Es importante volver a destacar que, en España, heredar significa asumir tanto los activos como las obligaciones del fallecido. Por ello, los herederos deben valorar cuidadosamente si aceptan la herencia, especialmente en casos donde las deudas puedan superar los bienes recibidos.

Los herederos: ¿Quién recibe qué?

En España, hay dos tipos de herederos:

  1. Herederos forzosos: Se refiere a los familiares directos (hijos, padres y cónyuge). Por ley, estas personas tienen derecho a recibir una parte de la herencia. Esto se conoce como la legítima, aunque el fallecido o lo haya especificado en su testamento.
  2. Herederos voluntarios: Son las personas que han sido designadas en el testamento como herederos, y pueden ser familiares, amigos, e incluso, instituciones como ONGs.

¿Qué ocurre si no hay testamento?

Cuando no hay testamento, el proceso se complica un poco más. Sin embargo, esta situación esta bien respaldada por la ley. En caso de no haber testamento, los bienes se reparten entre los familiares siguiendo un orden de prioridad, lo que se conoce como sucesión intestada (herencia abintestato). La sucesión intestada también puede ocurrir cuando una persona fallece y en su testamento no se contempla la totalidad de su patrimonio.

Orden de herederos en la sucesión intestada

La ley española establece un orden de prioridad estricto para determinar quiénes recibirán la herencia en caso de sucesión intestada. Este orden se detalla en el Código Civil y sigue los siguientes pasos:

  1. Descendientes (hijos y nietos): Los hijos tienen prioridad absoluta y heredan a partes iguales. Si alguno de los hijos ha fallecido, su parte se transmite a sus descendientes, es decir, a los nietos del fallecido.
  2. Ascendientes (padres y abuelos): Si el fallecido no tiene hijos ni nietos, la herencia pasa a sus padres. Si los padres ya han fallecido, los abuelos serán los herederos en el mismo orden.
  3. Cónyuge: El cónyuge tiene derecho al usufructo de parte de la herencia, dependiendo de si hay descendientes o ascendientes. En ausencia de descendientes y ascendientes, el cónyuge hereda la totalidad del patrimonio.
  4. Hermanos y sobrinos: Si el fallecido no tiene descendientes, ascendientes ni cónyuge, los bienes se repartirán entre los hermanos de la persona fallecida. Si algún hermano ha fallecido, su parte corresponde a sus hijos (sobrinos del fallecido).
  5. Otros parientes colaterales: En caso de no existir los anteriores herederos, los bienes pasan a otros familiares más lejanos, como primos, siguiendo el grado de parentesco.
  6. El Estado: Si no hay familiares, ni cercanos ni lejanos, los bienes del fallecido pasan al Estado, que debe utilizarlos para fines sociales o educativos.

Pasos clave para repartir una herencia

Abogado para repartir herencia entre los herederos

El reparto de una herencia puede llevar más tiempo del que pensamos, no es un trámite que se pueda realizar de un día para otro. Hay trámites y documentos necesarios que deben gestionarse con cuidado.

  1. El certificado de defunción. Es el primer documento que necesitas. Este documento oficial lo puedes solicitar en el Registro Civil y es imprescindible para iniciar cualquier trámite relacionado con la herencia. Te contamos más acerca de este documento aquí.
  2. ¿Hay testamento? El siguiente paso es obtener el certificado de últimas voluntades, que te dirá si la persona fallecida dejó o no testamento. En caso afirmativo, este certificado te dirá en qué notaría está registrado y deberás acudir a ella para obtener una copia.
  3. ¿No hay testamento? Si no hay testamento, se inicia lo que se conoce como declaración de herederos. Este trámite puede hacerse ante notario (si hay familiares cercanos) o en el juzgado, y sirve para identificar quiénes tienen derecho a la herencia.
  4. Inventario de bienes y deudas. Es importante hacer un inventario de todo lo que formaba parte del patrimonio del fallecido: desde propiedades hasta cuentas bancarias y posibles deudas. Este listado será la base para repartir la herencia.
  5. Pagar los impuestos. Antes de distribuir los bienes, los herederos deben liquidar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que varía según la comunidad autónoma. Es un paso que no se puede evitar, pero hay bonificaciones y exenciones en función del parentesco y otros factores.

En Funeraria La Dolorosa te ayudamos con todos estos trámites funerarios, desde la solicitud del certificado de defunción, gestión de herencias, hasta asesoramiento en el pago de impuestos. Estamos a tu disposición para acompañarte en el camino. Puedes contactar con nosotros llamando al 967 508 575.

¿Cómo se dividen los bienes de una herencia en España?

El reparto de una herencia sigue unas reglas bastante claras, sobre todo, si hay herederos forzosos.

La legítima: lo que no se puede cambiar

La ley reserva una parte de la herencia para los herederos forzosos, conocida como legítima. Esto significa que, incluso si el fallecido dejó un testamento, no puede disponer libremente de toda su herencia.

La legítima es una de las particularidades del derecho sucesorio en España y tiene como objetivo proteger los derechos de los descendientes, ascendientes y cónyuge, asegurando que no queden desamparados tras la muerte del testador.

La legítima se divide en tres partes:

  • Un tercio para repartir a partes iguales entre los descendientes (legítima estricta). Este tercio debe repartirse a partes iguales entre todos los descendientes (hijos) del fallecido. Si uno de los hijos ha fallecido previamente, su parte se transmite a sus descendientes (nietos).Por ejemplo:
    • Si el fallecido tenía tres hijos, este tercio se divide en tres partes iguales.
    • Si uno de los hijos falleció antes y tiene dos hijos (nietos del fallecido), la parte de ese hijo se dividirá entre sus dos descendientes.
  • Un tercio para mejorar a uno o varios herederos forzosos (mejora). Este tercio está destinado a los herederos forzosos, pero el testador tiene libertad para decidir a cuál o cuáles de ellos se asignará. Por ejemplo, puede otorgarlo íntegramente a uno de los hijos si desea beneficiar a un descendiente en particular, como un hijo con mayor necesidad económica o que haya cuidado al fallecido en sus últimos años. Este tercio es especialmente importante en casos donde el testador quiere reconocer de manera especial el esfuerzo o dedicación de alguno de sus herederos forzosos.
  • Un tercio de libre disposición, que el fallecido puede asignar a quien desee, sin necesidad de que sea un heredero forzoso (amigos, ONGs, otros familiares…). Si no hay testamento, este tercio también se reparte entre los herederos legales, siguiendo las normas de la sucesión intestada.

Sin testamento: las reglas cambian

Como hemos visto antes, si no hay testamento, la herencia se reparte según el orden de prioridad de la ley.

¿Qué hacer si hay conflictos entre los herederos?

Hay veces, que en el momento de repartir la herencia, hay muchas tensiones familiares, especialmente cuando los bienes tienen un alto valor emocional o económico, o cuando los intereses de los herederos son muy diferentes. Estos desacuerdos, aunque comunes, pueden solucionarse de diversas maneras dependiendo de la complejidad del conflicto y de la predisposición de las partes para negociar.

Conflicto entre familiares por la repartición de una herencia en España

Resolver conflictos mediante acuerdos alternativos. La vía más eficiente y menos conflictiva para resolver desacuerdos es el acuerdo extrajudicial. En este contexto, los herederos pueden explorar opciones que beneficien a todas las partes, como:

  • Compensación económica: Si un heredero desea quedarse con un bien indivisible, como una vivienda, puede compensar a los demás económicamente por su parte.
  • División de bienes en especie: Cuando hay múltiples propiedades o activos, es posible dividirlos entre los herederos para evitar disputas.
  • Venta de bienes comunes: Si no hay consenso sobre el uso de un bien, los herederos pueden venderlo y repartir el importe entre ellos.

En este caso, recomendamos que cuentes con el apoyo de un abogado o notario que supervise y registre los acuerdos alcanzados, ya que es la única manera de garantizar su validez de forma legal.

La mediación. Esta es otra opción para casos más complejos o emocionalmente cargados. Un mediador especializado en herencias actúa como una figura imparcial que facilita el diálogo entre las partes. Cuando se acude a la mediación, se evitan los procesos judiciales, se reduce la tensión familiar, se llegan a acuerdos que reflejan mejor las necesidades e intereses de cada heredero y, en comparación con un juicio, es significativamente más rápida. Es importante que tengas en cuenta que la mediación no es vinculante, pero los acuerdos alcanzados pueden formalizarse ante un notario para adquirir fuerza legal.

La partición judicial. Cuando las vías alternativas no funcionan, la partición judicial de la herencia se convierte en la única solución. Este proceso se inicia mediante una demanda presentada por uno o varios herederos y se tramita en los juzgados de lo civil. Esta opción implica varias cosas: el nombramiento de un perito, la intervención de un juez y unos costes elevados (honorarios de abogados, procuradores y tasas judiciales que, normalmente, suelen deducirse del valor de la herencia). La partición judicial es un proceso largo, que puede durar meses o incluso años, dependiendo de la complejidad del caso. Además, puede tensar aún más las relaciones familiares, ya que las decisiones quedan en manos de un tercero y no de los herederos.

Prevención de conflictos en el futuro

Aunque los desacuerdos pueden surgir incluso en las familias más unidas, existen medidas que el testador puede tomar en vida para minimizar el riesgo de disputas:

  • Redactar un testamento claro: Incluir disposiciones detalladas sobre cómo se deben repartir los bienes ayuda a evitar malentendidos.
  • Nombrar un albacea: Un albacea es una persona de confianza encargada de garantizar que las últimas voluntades del testador se cumplan de manera ordenada.
  • Donaciones en vida: Repartir parte del patrimonio en vida puede reducir el número de bienes a dividir tras el fallecimiento y aclarar las preferencias del testador.

¿Qué pasa con las deudas del fallecido?

Cuando una persona fallece, su herencia no solo incluye bienes y derechos, sino también las deudas que haya dejado pendientes. Esto significa que, al aceptar una herencia, los herederos no solo adquieren el patrimonio positivo, sino que también se convierten en responsables de las obligaciones económicas del fallecido.

La ley permite a los herederos tomar decisiones importantes para proteger su patrimonio personal, especialmente en casos donde las deudas superan el valor de los bienes heredados.

Opciones de los herederos ante las deudas

  1. Aceptar la herencia pura: Los herederos asumen tanto los bienes como las deudas del fallecido. Esto significa que si las deudas son mayores que los bienes, los herederos deberán cubrir la diferencia con su propio patrimonio. Es una opción arriesgada en casos donde no se tiene claridad sobre la magnitud de las deudas.
  2. Aceptar la herencia a beneficio de inventario: Esta opción protege el patrimonio personal de los herederos, ya que solo responden por las deudas hasta el valor de los bienes heredados. Para optar por esta modalidad, es necesario realizar un inventario completo de todos los bienes y deudas del fallecido.
  3. Renunciar a la herencia: Si los herederos consideran que aceptar la herencia implica un riesgo financiero, tienen la opción de renunciar a ella. Esta renuncia debe realizarse mediante un documento oficial ante notario o juzgado, y no puede ser parcial (es decir, no se puede renunciar solo a las deudas).

Deudas con garantía hipotecaria

Una de las situaciones más comunes en el reparto de herencias son las deudas hipotecarias. Si el fallecido tenía una hipoteca, los herederos deben decidir qué hacer con la propiedad y la deuda asociada. Estas son las opciones para gestionar una hipoteca heredada:

Deudas derivada de una hipoteca

  1. Asumir la hipoteca y continuar pagando: Los herederos pueden decidir quedarse con el inmueble y asumir la deuda hipotecaria. En este caso, es necesario notificar al banco correspondiente la aceptación de la herencia y solicitar un cambio de titularidad en el préstamo hipotecario. Hay casos en los que el banco puede renegociar las condiciones del préstamo para poder adaptarlas a la situación económica de los herederos.
  2. Vender la propiedad para saldar la deuda: Si los herederos no desean o no pueden hacerse cargo de la hipoteca, una solución es vender la propiedad y utilizar los fondos para liquidar la deuda.
  3. Renunciar a la propiedad: Si la deuda hipotecaria supera el valor del inmueble o no es viable asumirla, los herederos pueden renunciar a la herencia. En este caso, la propiedad y la deuda asociada pasarán al siguiente heredero legal o, en última instancia, al banco como acreedor principal.

Deudas no garantizadas y su impacto en la herencia

Las deudas sin garantía (como préstamos personales, tarjetas de crédito o facturas pendientes) también forman parte de la herencia. Estas deudas se saldan con los bienes heredados, siguiendo este orden:

  1. Dinero en cuentas bancarias: Si el fallecido tenía ahorros, estos se utilizan para pagar primero las deudas.
  2. Venta de bienes: Si los ahorros no son suficientes, se procede a liquidar activos como inmuebles, vehículos o inversiones.
  3. Distribución del remanente: Solo después de saldar las deudas, los herederos pueden repartir los bienes restantes.

¿Qué ocurre si las deudas superan el patrimonio?

Cuando las deudas son mayores que el valor de los bienes, los herederos no están obligados a asumir la diferencia con su propio patrimonio si optan por:

  • Aceptar la herencia a beneficio de inventario.
  • Renunciar a la herencia.

Si nadie acepta la herencia, los acreedores pueden intentar recuperar sus deudas mediante la liquidación de los bienes del fallecido, pero no pueden reclamar a los herederos.

Como conclusión, hemos visto que gestionar una herencia puede parecer complicado, pero con información clara y un poco de ayuda es posible hacerlo de manera justa y ordenada. En Funeraria La Dolorosa, entendemos la importancia de ofrecer apoyo en estos momentos delicados. Si necesitas orientación, no dudes en buscar asesoramiento de mano de nuestros profesionales para afrontar este proceso con tranquilidad. Recuerda: cada decisión que tomes ahora puede marcar la diferencia para el futuro.

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