El fallecimiento de un ser querido es siempre un momento muy triste, pero es necesario sacar fuerzas para abordar una serie de trámites funerarios. Pero tranquilo/a…no debes preocuparte, una de las finalidad de una funeraria en Albacete como Funeraria La Dolorosa es facilitar en todo lo posible los trámites a realizar, encargándose de su gestión. En este artículo, te contamos todos los pasos que has de dar para certificar legalmente una muerte en España.

Trámites funerarios, paso a paso

La gestión funeraria es parte del proceso de la defunción. Cada trámite conlleva unos requisitos y plazos a tener en cuenta. Te los contamos.

Expedir el certificado de defunción

El médico que haya asistido a la persona fallecida es quien debe expedir el certificado de defunción y entregárselo a los familiares presentes. Este documento ha de presentarse, dentro de las 24 horas siguientes, en el Registro Civil que corresponda al domicilio del fallecido. Tendrá que ir acompañado de un formulario oficial y el DNI o pasaporte.

Este trámite se puede hacer online, a través del portal oficial del Registro Civil. Esta inscripción abre la vía para el enterramiento o la incineración a través de una licencia. Puedes solicitar más de un certificado, de hecho, es aconsejable, ya que lo necesitarás para más burocracia.

De la licencia se ocupa la compañía de seguros del fallecido o la funeraria, si se contratan sus servicios.

Solicitar el certificado de Actos de Última Voluntad

Se trata de un documento imprescindible que certifica si el fallecido ha dejado o no testamento. Tienes que solicitarlo en los 15 días hábiles tras la muerte y puede derivar en lo siguiente:

Si ha otorgado testamento: En el informe debe constar los datos del notario que lo elaboró. Es a él a quien tienes que pedir una copia para conocer la última voluntad del difunto. Si hay varios, solo será válido el último de ellos.

Si no ha otorgado testamento: Los herederos deben solicitar y tramitar una declaración de herederos abintestato, donde se nombrarán oficialmente. El acta tiene que ser autorizada y firmada por un notario.

Gestionar los seguros

Si el fallecido tenía algún seguro de vida, requieres el certificado de contratos para liberar la cobertura por deceso. No obstante, es importante que tengas en cuenta que existen cláusulas que impiden el acceso al dinero dependiendo de la causa de la muerte. Por ejemplo, en ciertas pólizas no se cubre el suicidio.

Si no sabes con certeza si disfrutaba de algún seguro, puedes consultarlo fácilmente en Internet.

Pagar impuestos

En caso de que heredes algo, deberás hacer frente a una serie de impuestos, los cuales tienes que solventar en un plazo máximo de 6 meses. Estas son las tasas más habituales en España:

Incremento de los Bienes de Naturaleza Urbana: Más conocido como plusvalía municipal. Si heredas un bien inmueble, tendrás que hacer frente a este impuesto a la hora de actualizar las escrituras y ponerlo a tu nombre.

Impuesto de Sucesiones: Es un tributo que grava cualquier título sucesorio, así como la adquisición de derechos o bienes debido a una herencia. Está recogido en el artículo 31 de la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Servicios de trámites en Funeraria La Dolorosa

En la Funeraria La Dolorosa ponemos a tu disposición numerosos servicios fúnebres en Albacete. Entre ellos, están los de facilitar los certificados de defunción a la familia, la gestión de las pensiones de viudedad (en su caso) para que puedan llevar a cabo los trámites que hemos mencionado. También tenemos otros servicios que nos convierten en una funeraria integral que cubre todas las necesidades del cliente; entre ellos floristería propia, féretros, lápidas, etc.

En definitiva, cuando una persona muere en España, se debe realizar una serie de trámites funerarios y solicitar ciertos certificados. La funeraria que hayas contratado se puede encargar de algunos de ellos. Para la mayoría existen unos plazos, por lo que es importante tenerlos en cuenta.